¿Qué son las ayudas Neotec 2021?

El programa NEOTEC es una ayuda del CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial) que tiene como objetivo financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Estas ayudas Neotec 2021 se dirigen a empresas innovadoras de base tecnológica donde la innovación y la tecnología sean factores determinantes y únicos que contribuyan a la diferenciación de la empresa.

Una vez sabido qué son las ayudas Neotec 2021 y en que consisten, sigue leyendo para ver si te puedes beneficiar de ellas.

Ayudas Neotec 2021.

¿A quién va dirigido?

A pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (EBT) donde la innovación y tecnología sean factores determinantes que contribuyan a la diferenciación de la empresa. La  actividad de estas empresas es la explotación de productos y servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de una actividad investigadora.

¿Qué se subvenciona?

La ayuda que se subvenciona se concede bajo la modalidad de subvención a fondo perdido. El CDTI financia proyectos (no planes de empresa) a empresas de base tecnológica.

Destacar que no se financian proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

¿Qué requisitos tiene? 

Las pequeñas empresas innovadoras deben cumplir con ciertos requisitos para acceder a esta subvención:

  • Que la empresa sea de base tecnológica.
  • No cotizar en bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
  • Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa y siendo ésta, al menos seis meses anterior a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
  • Domicilio fiscal en España.
  • No haber distribuido beneficios. 
  • No deberán haber surgido de una operación de concentración, según la definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
  • Capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. 
  • Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

¿Cuánto se subvenciona?

El presupuesto de la convocatoria es de 36.460.000 €. La subvención será con carácter general de hasta el 70% de los gastos financiables, con un importe máximo de 250.000 euros por beneficiario. 

El presupuesto mínimo será de 175.000 euros por solicitud. Se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario cuando se incluyan la contratación laboral de al menos un doctor. 

Lo que no se financia son: gastos financieros, impuesto del valor añadido, obra civil, terrenos y edificios, vehículos de transporte, gastos de comidas y manutención, gastos de locomoción y viajes.

¿Cómo y dónde se solicita? 

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación para las ayudas Neotec 2021 comenzaron el 17 de Mayo y finalizará el día 8 de julio de 2021, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

La cumplimentación y presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E (https://sede.cdti.gob.es/), lo cual requerirá el registro previo de los solicitantes en el sistema de entidades de CDTI. 

La presentación de la solicitud de ayuda, las declaraciones responsables y documentación anexa se realizará mediante firma electrónica cualificada y avanzada del representante legal de la entidad solicitante, basada en un certificado electrónico de los previstos en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este certificado deberá ser de representante de persona jurídica. 

Si quieres conocer otras ayudas o subvenciones para tu empresa entra en nuestra pagina web y te las explicamos.

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